Argumentación jurídica en la declaratoria de abandono por segunda ocasión y la tutela judicial efectiva

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Date
2023
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Publisher
PUCE - Ambato
Abstract
La necesidad de la presente investigación se origina en el momento procesal cuando el juez, conforme al inciso segundo del artículo 249 del Código Orgánico General de Procesos, declara el abandono de la causa por segunda ocasión generando la extinción del derecho de petición del accionante, por consiguiente, se impide la presentación de una nueva demanda que verse sobre los mismos hechos. Los jueces no argumentan dicha decisión, entendiéndose que se amparan únicamente en el artículo mencionado, pero la Tutela Judicial Efectiva pierde efecto al momento de limitar ese derecho; de allí que la parte medular de este estudio radica en la falta de argumentación por parte de los jueces en materia Civil al momento de emitir su declaratoria de abandono por segunda ocasión que limita el derecho de petición, sin considerar las circunstancias que llevaron al accionante a abandonar la causa. Por lo tanto, el objetivo general es demostrar que la falta de argumentación jurídica por parte de los jueces del área Civil en la declaración de abandono por segunda ocasión en una misma causa vulnera la tutela judicial efectiva del accionante. La metodología de la investigación es cualitativa pues se analizará la normativa y doctrina pertinente a más de emplear entrevistas no estructuradas para verificar la necesidad de la argumentación jurídica en este momento procesal; también se utilizarán el método General Inductivo, analítico-sintético e histórico- lógico, y los resultados de la investigación serán evidenciados en el producto final; es decir, un documento de análisis crítico, doctrinario y jurídico.
Description
Keywords
Argumentación jurídica, Declaratoria de abandono, Tutela judicial efectiva, Derecho de familia, Procedimientos judiciales
Citation
Espinoza Fuentes, Fernando Mauricio (2023). Argumentación jurídica en la declaratoria de abandono por segunda ocasión y la tutela judicial efectiva. Ecuador: Ambato