Prohibición de registro de marcas contrarias a la moral y buenas costumbres del Art. 360 numeral 18, del Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos
No Thumbnail Available
Date
2024-01
Journal Title
Journal ISSN
Volume Title
Publisher
PUCE - Manabí
Abstract
El presente trabajo de investigación cualitativa tuvo como objetivo analizar la
prohibición del registro de marcas contenidas en el artículo 360 numeral 18 del Código
Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, específicamente en lo referente a la
prohibición del registro de marcas contrarias a la moral y las buenas costumbres, frente al
efecto que tiene al derecho de libertad de expresión. Primero, esta investigación de alcance
extensivo se realizó observando el ordenamiento jurídico ecuatoriano vigente con
relación a la propiedad intelectual y el registro de marca, prolongándose hasta el análisis
de la jurisprudencia estadounidense, y resoluciones de la Comunidad Andina. La
recolección de datos se dio a partir de doctrina, jurisprudencia y el análisis de tres casos
estadounidenses que marcaron un antecedente relevante en la materia, los casos: “Fucts”
“The Slants y el “ Mc. Ginley”, esta investigación permite que se analicen todas las
perspectivas y características que señalan a una marca como inmoral, mencionando
elementos como la trascendencia del término en la sociedad, específicamente al grupo al
que va dirigido, siendo relevante para el funcionario registrador ponderar la
vulnerabilidad del receptor frente a la libertad de expresión del solicitante. Finalmente, la
investigación refleja que en el Ecuador la institución a cargo no ha desarrollado lo
suficiente esta ponderación en base a casos prácticos que se hayan presentado, por lo que
se infiere que no se adaptan a la realidad del momento, lo contrario a la jurisprudencia
estadounidense permiten tener criterios establecidos para manejar la prohibición.
Description
Keywords
Marca, Registro, Moral
