El derecho a la integridad física de las personas privadas de libertad en el Centro de Privación de Libertad Manabí N° 4

No Thumbnail Available
Date
2022
Journal Title
Journal ISSN
Volume Title
Publisher
PUCE - Manabí
Abstract
Las personas privadas de libertad tienen derecho a la integridad física, que se traduce a llevar una vida libre de violencia, malos tratos o cualquier situación en la que atenten contra su vida, tal como lo reconoce el artículo 66, numeral 3, de la Constitución de la República del Ecuador 2008. Se les reconoce como grupo de atención prioritaria por su situación de vulnerabilidad en pro de garantizarles bienestar, esto se encuentra establecido en el artículo 35 de la referida Carta Magna. El objetivo de este trabajo es analizar la garantía del derecho a la integridad física de las personas privadas de libertad en el Centro de Privación de Libertad Manabí No. 4. La metodología utilizada fue a través del análisis de sentencias de la Corte Constitucional en el cual tiene un enfoque cualitativo, en donde este enfoque permite construir el conjunto de cualidades que se interrelacionaran al tema de investigación. Los principales resultados evidencian la misión constitucional, obligaciones, derechos y funciones específicas de las personas privadas de libertad, a partir de los artículos 51, 35, y 66, numeral 3, literal c, de la Constitución de la República. Así mismo por medio de la investigación se demostrará si el Estado ecuatoriano utilizando los mecanismos y protocolos establecidos, cumple con el derecho a la integridad física de las personas privadas de libertad en el Centro de Privación de Libertad Manabí No.4.
Description
Keywords
Estado, Integridad física, Derecho, Personas privadas de libertad, Centro de privación de libertad
Citation