Efectos jurídicos del contrato de concesión de autoridad portuaria de Esmeraldas y el principio favor negotii.
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Resumen
El contrato de concesión del puerto comercial de Esmeraldas junto con la Secretaría de
Puertos y sus concesionarios el cual tiene importancia en el comercio exterior del
Ecuador. Este tipo de contrato administrativo tiene como objetivo ofrecer la
administración de un servicio de interés público a una entidad económicamente viable
que se compromete a invertir en el mantenimiento y lo mejor de dicho servicio,
regresándolo al Estado al terminar el acto contractual, para lo cual existen dos tipos de
restauración.
Los requisitos para la celebración de los contratos de concesión también contribuyen a
evitar
controversias y garantizan un funcionamiento fluido y de calidad del
servicio público. Para asegurar el éxito de la convocatoria, deben publicarse las bases del
procedimiento de adjudicación, y las ofertas presentadas deben superar exhaustivamente
las compras selectivas organizadas.
También es procedente, en caso de que se produzcan circunstancias extraordinarias o
cambios normativos que afecten al valor del contrato, un acuerdo concertado para la
variación del contrato o una decisión unilateral de la autoridad concertadora que permita
adaptarse a nuevas circunstancias económicas, siempre que no implique perjuicio para el
concesionario, ya que, al no haber vicio en la celebración del mismo, solo podría
modificarse por mutuo acuerdo o mediante acuerdo unilateral.
Debido al estudio, cabe destacar que el favor negotii constituye la forma más segura de
garantizar la legalidad pública-privada, así como la protección de las partes presupuestas,
por lo que resulta necesario adoptar todas las medidas oportunas contractuales y el ius
variandi.






