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Unión de hecho post mortem e impacto sucesorio en Ecuador

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PUCE - Quito

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El presente trabajo lleva por título Unión de hecho post mortem e impacto sucesorio en Ecuador; la problemática emerge una vez la unión de hecho sea declarada vía judicial e inscrita en el Registro Civil, ya que, a partir de ese momento surten los mismos derechos y obligaciones que el matrimonio. En tal sentido, el objetivo general será determinar las implicaciones legales que genera la declaratoria de unión de hecho post mortem en Ecuador, con especial énfasis en el impacto sucesorio; los resultados revelaron que el conviviente sobreviviente tiene derecho, por una parte, a la mitad de los gananciales formados durante la sociedad de bienes, y, por otro lado, a la sucesión del causante, por medio de la porción conyugal y como heredero cuando se fije el segundo orden sucesorio; la conclusión más representativa fue que a pesar de que no se le haya incluido al conviviente sobreviviente dentro de la sucesión del causante, existen determinadas acciones judiciales que le permiten restablecer los derechos que se le han vulnerado.

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