Galindo Salinas, Carmen EloísaCarrillo Pérez, Angélica Cristina26/11/202326/11/20232011https://repositorio.puce.edu.ec/handle/123456789/32207Desde el 'Desarrollo Humano' se proclama como derecho de todas las personas a la calidad de vida integral en las dimensiones económica, social, cultural, política, laboral, tecnológica\; es decir que posean un nivel de vida digno con ingresos suficientes y en igualdad de oportunidades, condiciones y obligaciones. Por tanto, las personas con discapacidad, tienen pleno derecho a la inclusión social en él y desde el propio contexto en el que se desarrollan. La inclusión entendida desde un punto de vista social, significa integrar a la vida comunitaria a todos los miembros de la sociedad, independientemente de su origen, de su actividad, de su condición socio económica o de su pensamiento. Al abordar el tema de desarrollo se debe entender que es aquel que potencia las capacidades propias de cada persona considerándola como talento humano.esOpenAccessNiñosSíndrome de DownDesarrollo humano inclusivoDiscapacidadMarco jurídicoLegalDiscapacidadDerechosNiñosDesarrollos NiñosInclusión Social de Niños y Niñas con Síndrome Down. Caso Centro de Desarrollo Integral “El Niño”, Fundación Tierra Nueva – Quito. Período 2010 – 2011