Galindo Salinas, Carmen EloísaCarrillo Perez, Angélica Cristina2023-11-262023-11-262011https://repositorio.puce.edu.ec/handle/123456789/32207Desde el “Desarrollo Humano” se proclama como derecho de todas las personas a la calidad de vida integral en las dimensiones económica, social, cultural, política, laboral, tecnológica; es decir que posean un nivel de vida digno con ingresos suficientes y en igualdad de oportunidades, condiciones y obligaciones. Por tanto, las personas con discapacidad, tienen pleno derecho a la inclusión social en él y desde el propio contexto en el que se desarrollan. La inclusión entendida desde un punto de vista social, significa integrar a la vida comunitaria a todos los miembros de la sociedad, independientemente de su origen, de su actividad, de su condición socio económica o de su pensamiento. Al abordar el tema de desarrollo se debe entender que es aquel que potencia las capacidades propias de cada persona considerándola como talento humano.spaOpenAccessNIÑOS - SINDROME DE DOWNDESARROLLO HUMANO INCLUSIVODISCAPACIDADMARCO JURÍDICO-LEGAL - DISCAPACIDADDERECHOS - NIÑOSDESARROLLOS NIÑOSInclusión Social de Niños y Niñas con Síndrome Down. Caso Centro de Desarrollo Integral “El Niño”, Fundación Tierra Nueva – Quito. Período 2010 – 2011bachelorThesis