Escobar Haro, Vivian Tatiana2023-11-042023-11-0420209789942368065https://repositorio.puce.edu.ec/handle/123456789/4012En Uruguay ya se me adelantaron con la idea: “Por un derecho que se pueda danzar” que lo cito en la última parte del libro, así que a mí me queda levantar una bandera por el “derecho al movimiento”, porque nadie baila igual a otro y cada uno baila como puede, en estas dos frases se esconden dos afirmaciones jurídicas: de igualdad en la diversidad y de interpretación del hecho que son parte de los problemas más actuales de la jurisprudencia. Aprendí a manejar bicicleta cuando tenía 46 años, mis padres si me regalaron una de niña, pero no lo logré, pienso que intervinieron en esto algunos factores que tienen relación con la forma en que yo me entendía a mí y a mi movimiento. Y cuando llegué a la clase de Terapia física, legal, ética y deontología de la Carrera de Terapia Física de la Pontificia Universidad Católica del Ecuador, pude entender eso. ¿Pero qué entendí? Entendí que era importante preguntarse por el cuerpo que se afectaba y se movía. Y no dejé que me ganara la profesión para preguntar por el “cuerpo del delito” o el corpus juris civile, sino por el que yo habitaba y desde el que entendía el mundo y el que, de otra parte, era entendido por diferentes teorías. Ahí si, ganó el derecho ya que encontré algunos abordajes desde esta ciencia, por este motivo pienso que este texto puede ser de utilidad para abogados y abogadas y fisioterapeutas en clave de ciudadanía. ¿Qué se puede encontrar en el libro? herramientas de interpretación para entender desde un lugar complejo y situado con base en el derecho, a la salud, a la terapia física, al cuerpo y al movimiento. Y aquel como derecho humano delimitado por discusiones bioéticas y abordajes teóricos sobre el concepto de la salud: sea más curativo o más de relacionamiento social como en el modelo biopsicosocial. Prestaciones de salud que conectan lo abstracto y conceptual con la piel del paciente. Una visión constitucional política de las enmiendas de 2015 que afectaron a la salud local y en la mitad de estos extremos: el control constitucional nacional e internacional sobre el derecho a la salud expresado por un análisis de la Sentencia Albán Cornejo de CIDH frente a la interculturalidad y una reflexión sobre el despacho de Corte Constitucional del Ecuador en salud. Aunque además cabe destacar el aporte sobre la película: “Nell” en que se puede ejemplificar un abordaje jurídico sobre la discapacidad de relacionamiento que podría ser extensible a otras barreras de sociales. Es decir, que con un centro en el derecho a la salud se pueden encontrar abordajes de filosofía del derecho, sociología del derecho, historia del derecho, derechos humanos, historia de los derechos humanos, en general. Y un acento en el Derecho Constitucional, en cuanto métodos de control constitucional: directos como la enmienda por plebiscito, internacional de Corte interamericana y jurisprudencial de Corte Constitucional y propiamente el ejercicio de derechos por prestaciones y cuestionamiento a acciones afirmativas en la construcción de políticas de inclusión para discapacidad, de esta manera dicho para juristas. Además, esta obra presenta un cuestionamiento ontológico del ser racional de la modernidad para mirarlo desde su antecedente sensorial y desde allí cimentar un derecho no solo a la diversidad y a la pluralidad tanto de análisis como de expresión muy acorde a los tiempos actuales del paradigma garantista que debe incorporar la idea de la excepción para poder crear medidas de equidad para la igualdad porque la naturaleza de por sí, hace ejercicios de derechos bien diversos y novedosos. Sino a moverse, a buscar nuevos derechos.OpenAccessSalud públicaDerecho socialDerecho y Fisioterapia