Abstract:
La presente investigación se enfocará en el análisis sobre el tratamiento que se ha dado a
los convenios de doble tributación a través de los años y las consecuencias jurídicas de la
reciente reforma a la Ley de Régimen Tributario Interno que limita el alcance de los
convenios de doble tributación, a través de la imposición de límites para su aplicación
automática.
Conforme lo establece la Constitución del Ecuador, la aplicación de los tratados y
convenios internacionales está sobre las leyes y demás normativa que rige en el Ecuador, es
así que al ser la Constitución la norma suprema del Estado, debe ser respetada y aplicada por
todos los ciudadanos de ese Estado.
Cuando un Estado en ejercicio de su soberanía ratifica un tratado internacional se
autolimita en su independencia y automáticamente se somete al ordenamiento internacional.
Se entiende que en aplicación de los principios de derecho internacional público los estados
van a respetar el acuerdo y no lo van a condicionar a condiciones jurídicas o políticas internas.
Sin embargo, a partir de la reforma a la Ley de Régimen Tributario Interno de abril de
2016 surge un cuestionamiento respecto al respeto a la Constitución del Ecuador, por parte
del legislador y la Administración Tributaria, quienes en uso de sus facultades han
transgredido los principios constitucionalmente reconocidos.
Precisamente, en esta investigación se pretende analizar estas interrogantes y evaluar si el
legislador y la Administración Tributaria han vulnerado los derechos constitucionales
reconocidos en la Carta Magna.